• El instructor del Supremo remite a la Audiencia Nacional testimonio de los pagos en metálico del PSOE al ex ministros Ábalos y a Koldo García

    "No se comprende con facilidad que resultara necesario contratar (...) una empresa de seguridad con el propósito de trasladar desde la cuenta de funcionamiento a la caja del partido importantes cantidades de dinero para entregarlas después en metálico a la persona que ellos designaran, en lugar de proceder, más cómodamente y sin incurrir en gastos adicionales, a realizar las compensaciones que resultaran procedentes a través de las correspondientes trasferencias”, señala el juez.

  • El instructor del Tribunal Supremo indica en el auto que el último informe de la UCO incrementa la “existencia y robustez” de indicios de criminalidad contra al ex ministro Ábalos

    El juez señala que “no es ajeno al natural estupor que produce que una persona, frente a la que gravitan tan consistentes indicios de la eventual comisión de muy graves delitos estrechamente relacionados además con el viciado ejercicio de la función pública, pueda mantenerse en el curso del procedimiento penal que se sigue contra él, ejerciendo a la vez las altas funciones que corresponden a un miembro del Congreso de los Diputados (entre ellas, el control de la acción del Gobierno y la aprobación de normas con rango de ley). Se trata, creo, de un buen motivo para la reflexión”.

  • El instructor del Tribunal Supremo autoriza a la UCO a investigar cuentas, inmuebles y el correo electrónico corporativo de Santos Cerdán en el PSOE y José Luis Ábalos en el Ministerio de Fomento

    Cita como investigados a cinco empresarios para indagar en la adjudicación de obras públicas a cambio de precio, y también autoriza investigar cuentas suyas y de sus empresas. Pide a ADIF y a la Dirección General de Carreteras expedientes de adjudicación de obras señaladas como irregulares en el informe de la UCO. Pospone, ante el cambio de abogado, al 30 de junio la declaración de Cerdán, que será “preceptiva y en calidad de investigado” y no voluntaria tras perder el aforamiento.

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