El Tribunal Administrativo del Deporte desestima el recurso de Unionistas por presunta alineación indebida en la primera vuelta en Lezama

El TAD ha desestimado el recurso interpuesto por Unionistas de Salamanca sobre la presunta alineación indebida cometida por el filial del Athletic Club en el encuentro disputado en Lezama durante la primera vuelta de la actual liga, por lo que se mantiene tanto el resultado alcanzado a la finalización del partido como la puntuación de ambos equipos en la tabla clasificatoria.
A continuación, un extracto de la resolución:
Aunque de la literalidad del acta ya es posible descartar cualquier rastro de dolo o negligencia, tampoco tras el visionado del vídeo es posible concluir que el jugador del Athletic pretendiera incurrir en la infracción de alineación indebida. Así, hasta que se produce la segunda reanudación del encuentro, basta ver las imágenes para apreciar el contexto de confusión en el que se mueven los hechos. Tras su expulsión, el jugador se va inmediatamente a la banda del campo y permanece allí mientras el colegiado decide si se revisa la jugada. Durante ese periodo, el encuentro está suspendido, por lo que ninguna intención de participar en el encuentro pudo haber. Tras la primera reanudación, aunque es cierto que el árbitro ya había descartado la posibilidad de revisar la jugada con el sistema FVS, no lo es menos que seguía produciéndose una discusión entre los técnicos del club y algunos asistentes, momento en el que el jugador sancionador permanecía en la banda. En cualquier caso, en estos momentos el balón se encontraba a una distancia tal del jugador que es imposible pensar que, con su presencia, pretendiera interferir en el partido.
En cuanto a los segundos finales, la apreciación realizada por el Unionistas no puede ser compartida. Al minuto 90:16 puede verse como un jugador del recurrente realiza un pase justamente en la dirección en la que se encuentra el jugador sancionado, sin percatarse de la presencia de este. Posteriormente la jugada continua, superando la posición ocupada por el jugador expulsado, sin que el resto de jugadores sean conscientes de que el Sr. Conde se encuentra detrás de ellos, lo que por lo demás únicamente ocurre durante un segundo. Efectivamente, no se produce ninguna intervención en el juego ni es posible concluir razonablemente que, con su presencia durante esos segundos finales en la banda del campo, el jugador pretendiese intervenir en el encuentro, alterando el resultado del mismo.
5. Confirmada la ausencia de elemento subjetivo declarada por los comités de disciplina, el recurso del Unionistas debe ser desestimado.












